El miércoles 2 de septiembre 2025, Julio Berdegué, titular de la SADER presentó el «DECRETO por el que se da a conocer el listado de plaguicidas que se determinan como prohibidos en el territorio nacional (1)» . El Decreto fue publicado en la edición vespertina del jueves 4 de septiembre del Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que, conforme con su artículo Primero Transitorio, entró en vigor a partir del viernes 5 de septiembre 2025; a partir de esta fecha queda prohibido su uso, comercialización y fabricación en México.
La publicación de este Decreto expresa un logro relevante para concertar un acuerdo nada fácil de las secretarías de economía, agricultura, salud y medio ambiente entre sí y de ellas con los productores, comercializadores y usuarios de estos peligrosos agroquímicos.
Plaguicidas cuya alta peligrosidad para la salud y el medio ambiente se encuentra claramente demostrada con evidencia científica, que permite reconocer los graves efectos adversos que tienen para la salud humana y el medio ambiente, porque —además de cumplir con exterminar los organismos a los que están destinados— permanecen indefinidamente en tejidos y órganos humanos y en la naturaleza, acumulándose y transfiriéndose a muchos otros seres vivos a través de las redes tróficas, contaminándolos y afectando adversamente sus ciclos de vida y reproducción.
Estos son los 35 plaguicidas prohibidos:

Estrategia de reducción y uso adecuado de plaguicidas
Sin duda, la publicación de este Decreto constituye un importante paso adelante en la dirección correcta y, en cierta medida, se trata de un logro ejemplar para desterrar el uso de agroquímicos peligrosos en México. Sin embargo, se requerirá mantener un esfuerzo considerable y sostenido para que este Decreto sea, efectivamente, una de las primeras piezas de la anunciada estrategia de reducción y uso adecuado de plaguicidas en México, que el mismo secretario de la SADER anunció el miércoles 2 de septiembre.
«México, en el Segundo Piso de la Cuarta Transformación, va a contar con una agricultura mucho más limpia, mucho más sustentable o sostenible y mucho más segura para nuestra población», dejó en claro el secretario Julio Berdegué (boletín de prensa de la SADER del 3 de septiembre 2025: https://www.gob.mx/agricultura/articulos/la-prohibicion-de-35-plaguicidas-otro-paso-hacia-la-transformacion-de-la-agricultura?idiom=es).
Esquema de la estrategia de reducción y uso adecuado de plaguicidas en México publicado en el Boletín de Prensa de la SADER del miércoles 3 de septiembre 2025.
Julio Berdegué explicó que este Decreto es sólo la primera etapa del compromiso del gobierno con el país para avanzar hacia una agricultura sostenible, pues las secretarías de agricultura, economía, salud y medio ambiente ya trabajan en la identificación y análisis de otras sustancias que serán prohibidas en las etapas subsiguientes de esta estrategia nacional. Los trabajos se centrarán en sustituir moléculas obsoletas por alternativas menos tóxicas, eficaces y accesibles.
Se trata de un mensaje positivo, que continuará en la dirección correcta en la medida que se amplíen los canales de participación, que no se consulte solo los grupos empresariales de la industria de plaguicidas de síntesis química y que prevalezca el interés público. Es fundamental que en la elaboración de esta estrategia nacional se establezcan mecanismos para la participación efectiva de las organizaciones campesinas que han demostrado exitosamente la sustitución del glifosato, de quienes practican la agricultura orgánica, de las organizaciones de apicultores, del sector de las empresas productoras y distribuidoras de bio-insumos, así como de expertos de la academia, de centros de educación e investigación en agroecología y de ONG, sin conflicto de interés con la industria
Porque si bien han sido prohibidos 35 plaguicidas, otros 200 ingredientes activos de plaguicidas altamente peligrosos permanecen autorizados con registros vigentes, exponiendo a graves efectos adversos para la salud de la población y para el medio ambiente y la conservación de la biodiversidad. De los plaguicidas prohibidos en el actual decreto: el Dinoseb ya se había prohibido desde 1991 (DOF 3/01/1991); COFEPRIS había cancelado 7 de ellos en todas sus autorizaciones desde 2016 (como el DDT, el Endosulfán, o el Lindano); y otros 13 de ellos ya tenían prohibida su importación desde inicios del 2020 (DOF 6/11/2019: Alaclor, Aldicarb, Azinfos metílico, Aaptafol, Carbofurano, Clordano, DDT, Endosulfan, Fentoato, Fosfamidón, Hexaclorociclohexano HCH, Lindano y Triclorfon)(2).
En todo caso, el actual Decreto confirma estas decisiones previas y amplía la prohibición a la formulación, comercialización y uso en el territorio nacional. Además, de esta manera nuestro país avanza en el cumplimiento de sus compromisos adoptados en los Convenios de Estocolmo y de Róterdam, que México ratificó en 2003 y 2005, respectivamente.
Por lo demás, es indispensable fortalecer la vigilancia y el cumplimiento de la ley por el uso ilegal de las sustancias ahora prohibidas. Porque expertos de diversas universidades del país los encuentran frecuentemente en mediciones que realizan en suelos y aguas (3). Hace falta establecer una campaña informativa nacional hacia los productores rurales, que les advierta sobre los riesgos a su salud y sobre los impactos ambientales adversos si continúan utilizándolos. Y habrá que involucrar a todas las autoridades competentes, particularmente a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA).
(1) https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5767337&fecha=04/09/2025#gsc.tab=0 (2) RAPAM: https://alianzasalud.org.mx/wp-content/uploads/2025/09/b-2509-plagicidas-timida-prohibicion-rapam.pdf (3) Íbid.