EPJ Revillagigedo: Opinión GECI

Grupo de Ecología y Conservación de Islas, A. C.

Ensenada, B.C., a 27 de septiembre de 2017.

Ing. Rafael Pacchiano Alamán
Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales Ciudad de México
Presente.-

Asunto: Opinión consulta pública EPJ Parque Nacional Revillagigedo.

Me refiero al Aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de septiembre de 2017, por el que se informa al público en general que está a disposición el estudio realizado para justificar la expedición del Decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida, con el carácter de Parque Nacional, la región conocida como Revillagigedo. En el mismo sentido hago referencia al oficio número F00.1.DRPBCPN.-1237/2017, de fecha 12 de septiembre de 2017, signado por el Biól. Benito R. Bermúdez Almada, Director Regional Península de Baja California y Pacífico Norte de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, en el que expresamente se nos solicita opinión. Al respecto, guiados exclusivamente por el interés superior de fortalecer la soberanía nacional en nuestro territorio y la conservación del extraordinario valor que en términos de patrimonio natural representa para México el archipiélago de Revillagigedo y sus aguas circundantes, me permito exponer lo siguiente:

  • Que emito la presente opinión en virtud de lo estipulado en los artículos: 1o, 4o, 8o, 25 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 47, 47 BIS, 47 BIS 1, 48, 49, 50, 51, 57, 58 fracciones III y IV de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 45, 46, 47, 49, 50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas; así como en los compromisos vinculantes asumidos por México como Estado Parte del Convenio sobre la Diversidad Biológica y su Programa de Trabajo sobre la Biodiversidad de las Islas, de la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, y de la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (Convención de Ramsar).
  • Que el Grupo de Ecología y Conservación de Islas, A.C. (GECI), es una asociación civil mexicana que desde hace 19 años realiza investigación y ejecuta proyectos de restauración ecológica en las islas de la Reserva de la Biosfera Archipiélago de Revillagigedo (RBAR). Gracias a ello, y derivado de una estrecha coordinación con esa Secretaría a su digno cargo y con la CONANP, además del invaluable apoyo logístico de la SEMAR, a la fecha se han completado con éxito acciones prioritarias para la recuperación de ese archipiélago, que ha sufrido serias amenazas e impactos negativos que han afectado de manera muy severa su integridad ecológica y su biodiversidad, incluyendo extinciones de especies que sólo habitaban en esas islas. Entre las acciones de restauración más importantes y de relevancia global que hemos llevado a cabo se encuentran la erradicación de borrego y cerdo ferales en Isla Clarión, así como borrego y gato ferales en Isla Socorro. Así, se ha logrado avanzar significativamente en la principal problemática ambiental que afecta a las islas de la RBAR: la presencia de especies exóticas invasoras. Estos importantes y trascendentes logros, además de ser reconocidos por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) durante la evaluación técnica (WHC/16/40.COM/INF.8B2) del Formulario de Nominación del Archipiélago de Revillagigedo para su inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial, resultaron decisivos para la inclusión de éste en dicha lista. Todo este arduo trabajo de restauración ambiental aún tiene asignaturas pendientes: confirmación de ausencia del gato feral y erradicación del ratón común en Isla Socorro; erradicación de conejo europeo en Isla Clarión; así como restauración de suelos, comunidades vegetales y de las poblaciones de especies animales propias del archipiélago. Todos son retos complejos y requieren de mucha aplicación.
  • GECI, siempre en estrecha colaboración con la CONANP y con el apoyo del Consejo Asesor de la RBAR, integró hace menos de dos años el “Formulario de Nominación del Bien Natural Archipiélago de Revillagigedo para su Inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial” (Aguirre Muñoz et al. 2015). Esto sentó importantes precedentes, pues se trata de un caso destacado y ejemplar a nivel nacional (incluso internacional) sobre cómo las autoridades y la sociedad civil organizada —construyendo ciudadanía de manera responsable—, podemos trabajar con eficacia bajo esquemas de colaboración a favor de una las mejores causas comunes que tenemos los mexicanos: conservar nuestro extraordinario patrimonio natural. De hecho, fue durante este proceso que, con información científica generada por Pelagios Kakunjá, A.C. y en colaboración con GECI, se gestó y diseñó la poligonal marina que actualmente forma parte, como zona de amortiguamiento, del Sitio Patrimonio Archipiélago de Revillagigedo (Ketchum et al. 2015); poligonal que es acertadamente retomada por el Estudio Previo Justificativo (EPJ) para el establecimiento del Parque Nacional Revillagigedo.
  • Cabe mencionar que GECI —miembro del Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) del CONACYT—, ha desarrollado una estrecha colaboración con universidades y centros de investigación nacionales para avanzar en la investigación científica a favor de la conservación y restauración de la RBAR (Ortiz-Alcaraz et al. 2017, 2016a, 2016b), incluyendo investigaciones aplicadas y el desarrollo de recursos humanos del más alto nivel a través de la formación de maestros y doctores en ciencias mexicanos, especializados en el tema de conservación de ecosistemas insulares, y de Revillagigedo en particular.

Es por los motivos antes expuestos, así como por el involucramiento y el conocimiento de causa y, sobre todo, por el legítimo interés del GECI en la conservación y restauración de la RBAR, que me permito emitir las siguientes opiniones y solicitudes:

  1. Con el fin de lograr la conservación integral del archipiélago —porción terrestre y aguas marinas circundantes— es condición necesaria la ampliación del actual polígono marino de la RBAR, para quedar con una superficie marina de 14,793,262 hectáreas (4.64% de la Zona Económica Exclusiva de México) que incluya toda la columna de agua, de los cero metros hasta el fondo marino. El planteamiento del EPJ en ese sentido es del todo acertado. Esto permitirá asegurar la fuerte conectividad a gran escala que existe entre los ecosistemas marinos y terrestres, característica que determina el Valor Universal Excepcional del Archipiélago de Revillagigedo. Con ello, México atiende sobremanera las recomendaciones hechas por el Comité del Patrimonio Mundial a nuestro país en su decisión 40 COM 8B.14, además de que nuestro país abona al cumplimiento de compromisos internacionales asumidos, como lo es la Meta 11 de Aichi para la Diversidad Biológica y la Meta 14.5 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible; metas a alcanzarse en el 2020 al ser parte integral del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020, que fue aprobado por la Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica de la Organización de las Naciones Unidas, en su décima reunión, el 29 de octubre de 2010 (CDB 2010). Cabe enfatizar que todas estas metas resultan vinculantes para México como Estado Parte de dicho Convenio.
  2. Precisamente por la fuerte conectividad ecológica marina y la gran abundancia de especies marinas —particularmente de depredadores tope como tiburones—, también es correcta la decisión de prohibir todo tipo de pesca: comercial, deportivo-recreativa, didáctica y de fomento. Se debe exceptuar la pesca de consumo doméstico por parte de la SEMAR, que desde hace más seis décadas ejerce nuestra soberanía nacional en este territorio, tal y como la establece el EPJ.
  1. Ahora bien, reconociendo que (DOF 2016): (A) El objetivo primario que persiguen las declaratorias de áreas naturales protegidas radica indudablemente en la preservación y restauración de la flora, fauna, y ecosistemas existentes en una zona determinada; y (B) Que con ello se procura garantizar el goce y ejercicio del derecho humano a la protección y preservación del medio ambiente, se solicita respetuosamente que esa Secretaría a su digno cargo atienda el principio de progresividad que señala el Artículo 1o tercer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, principio que se compromete al cambiar la categoría actual para el Archipiélago de Revillagigedo de Reserva de la Biosfera a la de Parque Nacional. Es en ese sentido que solicitamos se respeten las políticas de conservación dotadas a la porción terrestre de las islas por el Programa de Manejo de la RBAR. Es decir, que las islas se mantengan como zonas núcleo, en donde las únicas actividades permitidas sean aquellas relacionadas con la salvaguarda de la soberanía que son ejercidas por la SEMAR, así como las de investigación, conservación y restauración, coordinadas por la SEMARNAT.
  2. En virtud de lo anterior, y dado que el EPJ no presenta un análisis que justifique el cambio de categoría a la de Parque Nacional, solicitamos como una prioridad máxima que se mantenga la categoría actual de Reserva de la Biosfera. Como es de su conocimiento, ha sido gracias a esta categoría que los ecosistemas terrestres y marinos del Archipiélago de Revillagigedo no sólo han sido conservados de manera efectiva, sino que además están en proceso de recuperación, especialmente la porción terrestre de las islas.
  3. Solicitamos se ratifique la prohibición de todo tipo de turismo —infraestructura y actividades—, incluidos el sustentable, el de bajo impacto ambiental, el ecológico o de naturaleza, el de aventura y el recreativo, en la porción terrestre de las islas.

Finalmente me permito manifestarle que en nuestra opinión, una acción viable, contundente, muy atinada e histórica para su gestión al frente de la SEMARNAT —acción por demás trascendental para la actual administración del Lic. Enrique Peña Nieto como un legado para las futuras generaciones de mexicanos—, es la modificación del actual Decreto de Reserva de la Biosfera sólo para ampliar la poligonal marina como se plantea en el EPJ y con el sustento ahí plasmado, manteniendo a las cuatro islas como zona núcleo, y donde la única actividad económica permitida en toda la Reserva —porción marina y terrestre— sea el buceo recreativo dentro de los límites establecidos por los estudios de capacidad de carga efectiva existentes a la fecha, sin opción a crecimiento futuro. Con ello, se refrendaría el compromiso de México por conservar este invaluable patrimonio natural de todos los mexicanos, en congruencia plena con lo que ahora es también Patrimonio de la Humanidad.

De antemano agradezco su disposición para atender nuestros planteamientos.

Sin otro particular, aprovecho para reiterarle mi más distinguida consideración. Atentamente,

M.C. Federico Alfonso Méndez Sánchez Director General

c.c.p. Lic. Enrique Peña Nieto. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. CDMX. Para su superior conocimiento.
c.c.p. Lic. Miguel Ángel Osorio Chong. Secretario de Gobernación. CDMX.
c.c.p. Almirante Vidal Franciso Soberón Sanz. Secretario de Marina. CDMX.
c.c.p. Lic. Luis Raúl González Pérez. Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. CDMX.
c.c.p. Lic. Alejandro Del Mazo Maza. Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas. CDMX.
c.c.p. Dr. César Domínguez Pérez Tejada. Presidente del Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas. CDMX.
c.c.p. Dra. Nuria Sanz Gallego. Directora y Representante de UNESCO en México. CDMX.
c.c.p. Dr. Francisco Javier López Morales. Director de Patrimonio Mundial, INAH. CDMX.
c.c.p. Dr. Sergio Guevara Sada. Coordinador del Subcomité para el Programa Hombre y la Biosfera MaB, Comisión Mexicana de Apoyo a la UNESCO. Jalapa, Ver.
c.c.p. Dra. Patricia Moreno-Casasola Barceló. Coordinadora Nacional para los Asuntos Relacionados con el Grupo de Examen Científico y Técnico de la Convención de RAMSAR. Jalapa, Ver.
c.c.p. Dr. Jesús Emilio Michel Morfín. Presidente Ejecutivo del Consejo Asesor de la Reserva de la Biosfera Archipiélago de Revillagigedo.
c.c.p. Mtro. César Sánchez Ibarra. Director General de Conservación para el Desarrollo, CONANP. CDMX.
c.c.p. Biól. Benito Bermúdez Almada. Director Regional Península de Baja California y Pacífico Norte, CONANP. La Paz, B.C.S.
c.c.p. Biól. María Jossué Navarro Sánchez. Subdirectora Encargada del Despacho de la Reserva de la Biosfera Archipiélago de Revillagigedo, CONANP. Cabo San Lucas, B.C.S.

Referencias

Aguirre Muñoz, A., F. Méndez Sánchez, A. Ortiz Alcaraz, A. Del Mazo Maza, L. Fueyo Mac Donald, A. Rhodes Espinoza, M. Bellot Rojas, B. Bermúdez Almada, M. J. Navarro Sánchez, M. P. Gallina Tessaro, y S. A. García Martínez (Eds.). (2015). Formulario de Nominación del Bien Natural “Archipiélago de Revillagigedo” para su Inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial, presentado al Centro de Patrimonio Mundial de la UNESCO. Ensenada, Baja California, México: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y Grupo de Ecología y Conservación de Islas, A.C.

CDB (2010). Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020, Conferencia de las Partes, Convenio sobre la Diversidad Biológica de la Organización de las Naciones Unidas. Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica. Montreal, Quebec, Canadá.

DOF. (2016). Recomendación General número 26 Sobre la falta y/o actualización de programas de manejo en áreas naturales protegidas de carácter federal y su relación con el goce y disfrute de diversos derechos humanos. Diario Oficial de la Federación, lunes 25 de abril de 2016.

Ketchum, James, F. Méndez Sánchez, A. Aguirre-Muñoz, M. Hoyos y L. Fueyo Mac Donald. (2015). Zona de Amortiguamiento para el Archipiélago de Revillagigedo, insumo para la Nominación como Bien Patrimonio Natural de la Humanidad por UNESCO. Pelagios Kakunjá, A.C. y Grupo de Ecología y Conservación de Islas, A.C.

Ortiz-Alcaraz, A., A. Aguirre-Muñoz, G. Arnaud-Franco, P. Galina Tessaro, E. Rojas-Mayoral, F. Méndez-Sánchez, y A. Ortega-Rubio. (2017). Avances en la erradicación de gato feral (Feliscatus) y recuperación de la fauna nativa en Isla Socorro, Archipiélago de Revillagigedo, México. Therya, 8(1), 3-9.

Ortiz-Alcaraz, A., Y. Maya-Delgado, P. Cortés-Calva, A. Aguirre-Muñoz, E. Rojas-Mayoral, M. Cordoba-Matson, y A. Ortega- Rubio. (2016a). Recovery of Vegetation Cover and Soil after the Removal of Sheep in Socorro Island, Mexico. Forests, 7(4), 91.

Ortiz-Alcaraz, A., A. Aguirre-Muñoz, F. Méndez-Sánchez, y A. Ortega-Rubio. (2016b). Feral sheep eradication at Socorro Island, Mexico: A mandatory step to ensure ecological restoration. Interciencia, 41(3), 184-189.


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