EPJ Revillagigedo: Opinión RENANP – CONACyT

Opinión de la Red Nacional de Áreas Naturales Protegidas del CONACyT

La Paz, Baja California Sur, a 25 de Septiembre del 2017.

LIC. RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN
Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales
rafael.pacchiano@semarnat.gob.mx

LIC. ALEJANDRO DEL MAZO MAZA
Comisionado Nacional, Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas
adelmazo@conanp.gob.mx

BIOL. BENITO BERMUDEZ ALMADA
Director Regional, Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas
bermudez@conanp.gob.mx

DR. SERGIO GUEVARA SADA
Coordinador del Programa Hombre y Biosfera MAB-Méxicom UNESCO
guevarasada@gmail.com

DR. CÉSAR DOMÍNGUEZ PÉREZ TEJADA
Presidente, Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas
tejada@unam.mx

Distinguido C. SECRETARIO RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN:

En atención a su atenta solicitud de opinar sobre el estudio realizado para justificar la expedición del Decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de Parque Nacional, la región conocida como Revillagigedo, solicitud publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha del 9/14/2017, con atención y con todo respeto, le hago llegar las siguientes consideraciones y opiniones en mi calidad de Coordinador Nacional de la Red Temática Nacional de CONACYT Áreas Naturales Protegidas:

Consideraciones:

A) Un servidor, en calidad de investigador titular, fungió como uno de los investigadores que realizaron los estudios requeridos para fundamentar el Decreto del Archipiélago de Revillagigedo como Reserva de la Biosfera (Ortega-Rubio et.al,1992)

B) Asimismo, un servidor fue uno de los principales promotores y gestores para la obtención de este Decreto de Reserva de la Biosfera (Ortega-Rubio y Castellanos Vera, 1995; Ortega-Rubio et.al,1995)

C) En la bibliografía adjunta, al final del presente, asimismo se evidencia que un servidor ha continuamente desarrollado Investigación Científica para el óptimo manejo, y la conservación de su biodiversidad, de esta Reserva de la Biosfera.

Con todo este conocimiento de causa emito entonces, de la manera más respetuosa, las siguientes opiniones por Usted solicitadas en el DOF:

    1. Sibienesaltamenteloableincrementarlasuperficiedeprotecciónmarina alrededor de las 4 Áreas Núcleo de la Reserva de la Biosfera Archipiélago de Revillagigedo, para ello NO es necesario cambiar su categoría de conservación actual de Reserva de la Biosfera, a un Parque Nacional.
    2. Las4islasdelArchipiélagoconstituyenactualmenteelÀREANÙCLEOdela Reserva de la Biosfera. Cabe enfatizar que las 4 Islas fueron planteadas y decretadas íntegramente como Áreas Núcleo precisamente por la fragilidad de sus ecosistemas y por la gran cantidad de especies terrestres en inminente peligro de extinción.
    3. PorestarazónLasÁreasNúcleodeestaReservadelaBiosfera(Las4Islas) deben seguirse manteniendo como tales: Áreas Núcleo en cuya superficie las únicas actividades permitidas deben ser la Investigación Científica y la Restauración Ecológica.
    4. EvidentementelapropuestadecambiodefiguradeproteccióndeReservadela Biosfera a un Parque Nacional tiene el fin expreso de fomentar en las Islas el Turismo (Competencia de la Secretaria de Turismo) y No tiene el objetivo de incrementar la Conservación de la Biodiversidad de las mismas. Siendo precisamente la Conservación de la Biodiversidad el objetivo de esta Reserva de la Biosfera, y que en principio es la tarea de la SEMARNAT bajo su Titularidad (que no la promoción del Turismo).
    5. EnelcasodelaReservadelaBiosferaArchipiélagodeRevillagigedo,nisiquiera se tiene el pretexto para pretender derogar su categoría de conservación, a un Parque Nacional, “para fomentar el Turismo en beneficio de los pobladores locales”, simplemente porque en esta Reserva de la Biosfera NO existen Pobladores Locales.
    6. LapropuestadeladerogacióndecategoríadeReservadelaBiosferaparael Archipiélago Revillagigedo, el cual por cierto costó muchos largos y complejos esfuerzos nacionales e internacionales el obtenerlo, debe estar sustentada en un riguroso análisis, participativo, e incluyente que debe contar con la colaboración de los investigadores, expertos e instituciones públicas y privadas y de la sociedad civil que participaron en la propuesta original de la reserva y de todos aquellos que han participado en las actividades de investigación y de manejo posteriores a su Decreto.
    7. Dichoanálisisdebeincluirtantolarevisiónhistóricadelapropuestaoriginal,desus objetivos de manejo, de su implantación, desempeño a lo largo de varios lustros, de sus resultados, y de su estatus actual de conservación. Dicho análisis debe incluir escenarios futuros de la evolución socioeconómica del país y del mundo entero, y de la amenazas que esto representa para la conservación de la riqueza natural, de la biodiversidad del Archipiélago y por lo mismo debe valorarse, comparativamente, como dichos objetivos de conservación se pretende van a ser mejorados o alcanzados con una nueva categoría de Parque Nacional.
    8. Estosanálisisparticipativoseincluyentes,lamentablementeestán absolutamente ausentes en la iniciativa de derogación del Decreto de Reserva de la Biosfera, y por lo mismo no existe una valoración objetiva e imparcial de los supuestos beneficios que para la conservación de la biodiversidad del Archipiélago Revillagigedo, de México y del mundo, conllevaría la derogación de su Decreto como Reserva de la Biosfera.
    9. LacategoríadeReservadelaBiosferapermiteactividadessustentablesensus Zonas de Amortiguación e Influencia, pero en sus Zonas Núcleo únicamente se permite la Investigación. Decenas de años nos ha llevado a los Investigadores de México, y especialmente a la Sociedad Civil, promover la creación y el adecuado manejo de las 45 Reservas de la Biosfera de México. Todo ello se perdería a base de estar modificando, a modo, todos sus Decretos, para pasarlas a Parques Nacionales.
    10. El haber sido gestionado y decretado el Archipiélago de Revillagigedo como Reserva de la Biosfera, no fue una ocurrencia pasajera. Ni tampoco el haber sido decretadas sus islas como Zonas Núcleo. Ello obedece a profundas necesidades, científicamente sustentadas, para cumplir el objetivo de la Conservación de su, especialmente frágil, Biodiversidad.
    11. Es menester remarcar y enfatizar que al promover la SEMARNAT este cambio de figura de protección de Reserva de la Biosfera a un Parque Nacional para este Archipiélago, con el fin expreso de fomentar el turismo, se pone en la mira, del capital privado, a todas las otras 44 Reservas de la Biosfera de México.
    12. Las islas en general son consideradas ecosistemas frágiles, altamente vulnerables ante la perturbación derivadas de las actividades humanas. Las islas Revillagigedo son por lo mismo ecosistemas extremadamente frágiles. Pero además de esto las islas Revillagigedo son ÚNICAS por la riqueza, y el nivel y grado de endemicidad de su flora y fauna. Son pues ecológicamente únicas, relevantes, frágiles y en recuperación. De ahí que la categoría que mejor permite gestionar su manejo, para fines de preservar su integralidad y uso múltiple, es la de Reserva de Biosfera, pues ésta, sin excluir el aprovechamiento, enfatiza en la conservación de largo plazo, en la sustentabilidad del área. Lo que es claramente mandata el primer párrafo del Art. 48 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente:ARTÍCULO 48.- Las reservas de la biosfera se constituirán en áreas biogeográficas relevantes a nivel nacional, representativas de uno o más ecosistemas no alterados significativamente por la acción del ser humano o que requieran ser preservados y restaurados, en los cuales habiten especies representativas de la biodiversidad nacional, incluyendo a las consideradas endémicas, amenazadas o en peligro de extinción.
    13. La categoría de Parque Nacional, no es la más apropiada para ese estatus y condición de conservación de las islas, pues el énfasis de un Parque Nacional es el aprovechamiento recreacional, de sitios atractivos o de belleza escénica, como bien lo señala el primer párrafo de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. ARTÍCULO 50.- Los parques nacionales se constituirán, tratándose de representaciones biogeográficas, a nivel nacional, de uno o más ecosistemas que se signifiquen por su belleza escénica, su valor científico, educativo, de recreo, su valor histórico, por la existencia de flora y fauna, por su aptitud para el desarrollo del turismo, o bien por otras razones análogas de interés genera
    14. La aseveración de que “Construir hoteles con capital privado y llevar vuelos comerciales al nuevo Parque Nacional Archipiélago de Revillagigedo nos permitirá competir con las Galápagos” carece de todo sustento. Como es bien sabido, Las Galápagos no son icónicas por ser una especie de Club Privado de Buceo. Las Galápagos son icónicas porque en ellas se gestó la Teoría de la Evolución cuando Charles Darwin desarrollo una estancia de investigación en las mismas. Precisamente por ello Las Galápagos son un sitio de peregrinaje para todos aquellos que poseen una cierta cultura científica y una cierta sensibilidad ambiental.
    15. La inviabilidad de un “Desarrollo Turístico Sustentable” en Revillagigedo es meridianamente evidente cuando se consideran las condiciones reales, además de las ecológicas mencionadas arriba, de estas islas: Su lejanía del macizo continental, la falta de agua dulce, la falta o insuficiencia de infraestructura y la ausencia de una población nativa o residente, que permitan vislumbrar que se pueda dar algún nivel de sustentabilidad económica en una supuesta actividad turística. Para sostener cualquier actividad productiva en las Islas Revillagigedo, todos los productos, bienes y medios que la misma requiere: agua dulce, combustibles, alimentos, y sobre todo, la propia población misma (profesores, médicos, cocineros, personal de limpieza, guías, etc., etc.,) tendrían que ser llevados desde el macizo continental y sus desperdicios llevados en el sentido contrario. Una actividad productiva basada en semejantes flujos, a tan larga distancia, no reúne en ningún sentido el principio de sustentabilidad más elemental para asentarse en el Archipiélago Revillagigedo.
    16. El haber sido declarado el Archipiélago de Revillagigedo como Reserva de la Biosfera, el haber ingresado esta Reserva al Programa Hombre y Biosfera (MAB) de la UNESCO, así como el haber sido declarada esta Reserva de la Biosfera Patrimonio Mundial Natural de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), todo ello conlleva obligaciones internacionales vinculantes, que estarían en entredicho por parte de nuestro país, con este cambio de categoría de conservación propuesto a Parque Nacional.
    17. Es importante destacar que la propuesta de Derogación de categoría de Reserva de la Biosfera NO se alinea con el PROGRAMA SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES 2013-2018 (PROMARNAT), donde se estipulan la prioridades y las políticas que la SEMARNAT debe implantar para alcanzar las metas y objetivos nacionales establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, específicamente en la Estrategia 4.4.4. Proteger el patrimonio natural, del mismo, el cual establece que la biodiversidad es el atributo más importante del patrimonio natural de los mexicanos, y su CONSERVACION el primario de los objetivos de SEMARNAT, seguido del manejo sustentable.
    18. La Derogación de la categoría de Reserva de la Biosfera, que enfatiza y privilegia, la protección y la recuperación, de la biodiversidad de las Islas Revillagigedo, por la Categoría de Parque Nacional, la que enfatiza y privilegia el aprovechamiento recreativo de lugares de belleza escénica, no queda alineado con el diagnóstico del PROMARNAT. Impulsar actividades productivas, de escasa o nula sustentabilidad, en un territorio de atributos de biodiversidad únicos, relevantes a escala global y en ecosistemas frágiles, NO es compatible con los principio de conservación más elementales, ni con el propio sentido del PROMARNAT, ni con el Plan Nacional de Desarrollo, a cuyo cumplimiento la SEMARNAT se debe.
    19. Únicamente con el fin de promover el Turismo (que no es esa la encomienda de SEMARNAT) proceder a cambiar el Decreto Reserva de la Biosfera a un Parque Nacional para este Archipiélago, sienta el trágico precedente para que el Capital Privado (y sus Socios “Anónimos”) puedan solicitar, en cascada, que todas las 45 Reservas de la Biosfera de México se conviertan, por Decreto, en Parques Nacionales. Ello sería un legado realmente inadmisible para las siguientes generaciones.

En resumen:
Manteniendo su Categoría actual como Reserva de la Biosfera, y manteniendo a sus 4 Islas íntegramente como las Áreas Núcleo de la misma, entonces su muy atinada propuesta de incrementar la superficie de protección marina alrededor de las mismas será, indudablemente, un gran acierto de su gestión al frente de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales bajo su muy digno cargo.

A su completa disposición para cualesquier comentario adicional al respecto de estas opiniones, por usted solicitadas en el DOF, y sin más nada por el momento.

Respetuosamente,

Dr. Alfredo Ortega Rubio Coordinador Nacional
Red Áreas Naturales Protegidas RENANP-CONACYT

Ccp. Miembros de la RENANP-CONACYT.


BIBLIOGRAFÍA

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