Las riberas en el olvido
Las riberas en el olvido
Julia Carabias Lillo || Reforma || 19 de marzo 2009
Los pasajeros de los aviones que, curiosos, observan los paisajes a través de las ventanillas -lo que es poco común- pueden notar una gran diferencia cuando sobrevuelan los territorios de algunos países, como Argentina, y los comparan con los de México. En el primer caso, destacan las venas verdes que atraviesan el territorio. Hilos vegetados que cruzan ese país y desembocan en el mar. Se trata de la vegetación de los cuerpos de agua: lagos, arroyos y ríos, que en Argentina se halla protegida. Sin embargo, en el caso mexicano, casi todos los ríos se observan sin su franja de cobertura vegetal.
La vegetación ribereña constituye el espacio de transición y conexión entre los ecosistemas terrestres y acuáticos. En cuanto a los ríos y arroyos que nacen en las partes altas de las montañas y recorren todo el gradiente altitudinal, desde su origen hasta desembocar al mar, su vegetación forma verdaderos corredores biológicos. Estos frágiles y complejos ecosistemas van cambiando paulatinamente conforme disminuye dicho gradiente, desde las partes más altas de las montañas, en donde inician los escurrimientos y se establecen los zacatonales y bosques templados, hasta las zonas bajas tropicales ocupadas por las selvas y los humedales costeros. Todos estos tipos de vegetación, que representan la riqueza biológica y el patrimonio natural nacional, se conectan entre sí gracias a la vegetación ribereña.
Esta vegetación es, además, la casa de cientos de miles de especies animales y vegetales. Frente al cambio climático, que altera las condiciones de temperatura y humedad de las distintas localidades, la vegetación ribereña, gracias a que constituye un continuum o corredor biológico, representa un refugio natural para que las especies puedan migrar a lo largo del gradiente altitudinal en búsqueda de las condiciones ambientales necesarias para sobrevivir.
La vegetación ribereña es indispensable para que los ríos, arroyos, manantiales y lagos se mantengan vivos. Produce sombra y, por tanto, ofrece un microclima estable al cuerpo de agua. También aporta al agua flores, frutos y hojas que son fuente de alimento para los peces y otros organismos acuáticos. Los nutrientes que se disuelven en el agua circulan hasta la desembocadura del mar, alimentando las pesquerías marinas. Las raíces de los árboles retienen el suelo de las orillas de los cuerpos de agua evitando la erosión, y son un control para las inundaciones y crecientes. Esta vegetación, debido al permanente aporte de ramas y materia orgánica al agua, crea microambientes aptos que constituyen refugios para que los peces puedan reproducirse ya que en ellos depositan sus huevos y crían a su progenie.
Cuando se deforesta la vegetación ribereña se provoca la erosión de los cuerpos de agua y, de esta manera, se azolva el cauce, disminuye la capacidad de retención de agua, aumenta la turbidez, cambia la química del agua y se facilitan las inundaciones. Además, las poblaciones de peces disminuyen, incluso hasta su exterminio, debido a que se eliminan los sitios de anidamiento y reproducción, cambia la temperatura del agua y disminuye la aportación de alimento. Sin su vegetación ribereña, los ríos, arroyos y lagos mueren paulatinamente. La fauna del suelo de la ribera, indispensable para el ciclo de nutrientes, también muere por el aumento de la temperatura.
No obstante la importancia estratégica que la vegetación ribereña tiene para la salud de todos los cuerpos de agua, sin la cual no podrían existir, este ecosistema es el menos entendido y atendido y su deforestación no causa ninguna extrañeza, simplemente es cosa dada. La vegetación ribereña se deforesta para ampliar las parcelas agropecuarias y, supuestamente, ganar con ello terreno para la producción, siendo en realidad que este terreno se pierde para siempre por causa de la erosión o bien se elimina por la urbanización con las consecuencias, ya conocidas, de riesgos de inundación.
En una presentación realizada en el Congreso de Ecología en 2008 Lucía Ruiz analizó el régimen legal de la vegetación ribereña y concluyó que a pesar de que en el párrafo 3 del artículo 27 constitucional se establece que las riberas son propiedad de la nación y no deben ser transformadas, su regulación en las leyes reglamentarias está dispersa, confusa y con omisiones. Por su parte, la Ley de Aguas Nacionales, aunque exige preservar las condiciones de los cauces de los ríos y establece la restauración y conservación de las riberas como causa de utilidad pública, no explicita la necesidad de mantener la vegetación ribereña original.
La conservación y restauración de estos espacios estratégicos debe ser una prioridad nacional y merece un régimen jurídico claro y contundente así como un programa especial de la Federación, bajo la responsabilidad de Semarnat, en el cual la Comisión Nacional del Agua y la Comisión Nacional Forestal coordinen las acciones de conservación y restauración de la vegetación ribereña del país. Éste es un reto de largo plazo, difícil, que urge iniciar desde ahora antes de seguir perdiendo estas zonas estratégicas y de alto riesgo del territorio nacional y aumentando la vulnerabilidad del país.
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