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Por qué constituyen un avance los decretos sobre reservas de agua

Reservas del agua: agua para siempre

Julia Carabias || La Crónica de Hoy || Viernes 29 de junio 2018

Con beligerancia asombrosa se ha asociado a este instrumento de gestión del agua para la conservación con la falsedad de su privatización. Reserva de agua, vedas y concesiones son tres instrumentos diferentes, cada uno con su propio propósito y marco normativo.

Resulta lamentable que al final de la contienda electoral, cuando el tema ambiental había estado desdibujado, de repente aparezca enredado en un debate lleno de confusiones y exabruptos a raíz de los diez decretos de reserva de agua que el Ejecutivo federal anunció el Día Mundial del Medio Ambiente (5 de junio pasado). Con beligerancia asombrosa se ha asociado a este instrumento de gestión del agua para la conservación con la falsedad de su privatización. Reserva de agua, vedas y concesiones son tres instrumentos diferentes, cada uno con su propio propósito y normatividad.

Ante la desinformación, el desconocimiento del público en general de cómo se administra el agua, lo novedoso del instrumento y lo sensible del tema, ocurrió la combinación perfecta para politizar y convertir a los recientes decretos de reserva de agua en un ataque al gobierno, desvirtuando su importancia ambiental y social.

La finalidad de estas reservas es, como su nombre lo indica, reservar agua para consumo humano y para los ecosistemas naturales, es decir, para garantizar que el ciclo hidrológico no se altere por la sobreexplotación de los cuerpos de agua. Las reservas de agua son garantía de que todos los habitantes de una cuenca, ejidos, comunidades, ciudades, así como los ecosistemas naturales y su biodiversidad, dispongan de agua para siempre al garantizar el funcionamiento del sistema hidrológico natural. Para ello es necesario definir y proteger el caudal ecológico que fluye por las cuencas.

Las concesiones se otorgan a personas físicas o morales para el uso o aprovechamiento de las aguas nacionales por la Comisión Nacional del Agua. En muchas ocasiones se han concesionado volúmenes de aguas superficiales hasta por el cien por ciento, o más, del escurrimiento medio anual histórico, lo que lleva a la situación de sobreexplotación de cuerpos de agua que padecemos en buena parte del país.

Las vedas son el instrumento que prohíbe el aprovechamiento del agua en un sitio determinado debido al deterioro de los cuerpos de agua superficiales o subterráneos. Bajo la legislación anterior a la Ley de Aguas Nacionales vigente, las vedas se utilizaron para apartar agua mientras se elaboraban los estudios técnicos necesarios para aprovechamientos potenciales hidráulicos como presas o distritos de riego. No tenían una base técnica para el sustento ecológico ni se establecían mediante un balance hidrológico.

Una reserva de agua no tiene que ver con la concesión y no es excluyente de la veda. Para decretar una reserva de agua en una cuenca que está vedada debe primero levantarse la veda, establecer el volumen de agua necesario para la conservación y para el consumo humano que surge de un estudio técnico realizado por expertos, y luego, si la cuenca presenta cuerpos de agua sobreexplotados se puede decretar nuevamente una veda en esos sitios. Si del balance hídrico se demuestra que queda agua disponible para otros usos, ésta puede ser concesionada mediante la aplicación de la normatividad correspondiente. El argumento de que las reservas de agua se decretaron para privatizarla carece de fundamento.

Desde 2010 México estableció el Programa Nacional de Reservas de Agua (PNRA). En el Plan Nacional de Desarrollo 2013 -2018 se incluyó el compromiso de decretar 189 reservas de agua, al igual que en el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018, el Programa Nacional Hídrico 2014-2018 y el Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018. No es una sorpresa; nadie las criticó en su momento y los trabajos marcharon.

El PNRA inició con una fase piloto en 43 cuencas de los ríos San Pedro Mezquital, Copalita-Zimatán-Huatulco, Pánuco, Papaloapan y la zona de Chamela. En 2014 se decretó la primera reserva de agua en la cuenca del río San Pedro Mezquital, la segunda fue la del Fuerte (2017) y la tercera la del río Coatzacoalcos (marzo 2018). Este último no estaba vedado.

Los diez nuevos decretos de reservas de agua aunados a los tres decretados anteriormente (incluyen 295 cuencas) eliminan en un mismo acto jurídico las vedas existentes (108 cuencas estaban vedadas), aseguran el volumen necesario para la sustentabilidad hidrológica (caudal ecológico) y, en algunos casos, restablecen algunas vedas en los sitios que aún están sobreexplotados (por ejemplo, en el río Pánuco). Hay que aclarar que las vedas de la mayoría de estas cuencas se habían establecido en los años cincuenta o antes, y el propósito principal era apartar agua para posibles obras hidráulicas; algunas se hicieron y otras se desecharon. Aunque el motivo de las vedas, en muchos casos, era ya obsoleto, nunca se levantaron.

En conjunto, las diez reservas de agua recientemente decretadas protegen 80 por ciento del caudal de agua actualmente disponible en estas cuencas. Resulta paradójico que las vedas que hoy tanto se defienden por algunos grupos solo protegían 14 por ciento del volumen que actualmente protegen los diez decretos. En ninguno de estos decretos se reserva agua para uso hidroeléctrico.

Sin embargo, hay que reconocer que estos datos globales no ayudan a entender la situación de cada cuenca, ya que algunas son muy caudalosas y otras no. Por ejemplo, la reserva del agua de la cuenca del Usumacinta protege 93 por ciento del volumen, con lo cual se garantiza que el agua de esta fundamental cuenca (que junto con la de Grijalva aporta casi 30 por ciento del agua dulce del país) quede protegida para la población humana, presente y futura, y para los ecosistemas altamente diversos de la región. En la cuenca del Papaloapan que no estaba vedada ahora se protege 74 por ciento de su caudal.

En otras cuencas incluidas en estos decretos, una vez asegurado el caudal ecológico de la reserva de agua, sí es cierto que quedó disponible agua para su aprovechamiento. Algunos de estos sobrantes son volúmenes muy escasos, aunque otros muy significativos. Es precisamente en estas cuencas en donde se debe poner la mayor atención en los pasos a seguir.

La presente administración ya declaró que no va a otorgar ninguna nueva concesión en el resto del año. Tocará entonces al siguiente gobierno atender esta gestión: establecer un mecanismo transparente, que evite el acaparamiento y garantice agua para todos los núcleos agrarios y para la población urbana, así como para el uso sustentable.

Debemos insistir en la reforma a la Ley de Aguas Nacionales. Entre muchos temas pendientes, el sistema de concesiones debe transformarse para que sea transparente y con rendición de cuentas; que se rija bajo los principios constitucionales de los derechos humanos a un medio ambiente sano y al acceso al agua de calidad y en cantidad suficiente; que garantice la equidad; establezca el caudal ecológico en todo el país y destine el agua a usos amigables con el medio ambiente para no comprometer la seguridad hídrica.

Por todo esto, es una irresponsabilidad desvirtuar la importancia de las reservas del agua que son una respuesta moderna, con criterios ambientales, a uno de los problemas más serios ambientales, sociales y económicos de nuestro país: la sobreexplotación del agua. Es una obligación del Estado proteger el agua para la población y para los ecosistemas naturales y establecer las provisiones necesarias para el futuro, garantizando efectivamente agua para todos y para siempre; las reservas del agua contribuyen a esta meta.

Julia Carabias

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