Disminuir los impactos

Julia

 

Disminuir los impactos

Julia Carabias Lillo  ||  Reforma  ||  12 de octubre 2013

La presente administración se estrenó, en menos de un año, con dramáticos episodios de inundaciones y deslaves que nuevamente cimbraron al país. La respuesta nacional, como en otras ocasiones, se reflejó en una enorme solidaridad de la sociedad y en la movilización de las estructuras de gobierno para atender la emergencia. Debido a que las amenazas naturales son cada vez más recurrentes, es obligatorio revisar y fortalecer las capacidades nacionales para disminuir sus impactos.

Las amenazas naturales son fenómenos hidrometeorológicos extremos (sequías, tormentas tropicales, huracanes, olas de calor o de frío) que forman parte del funcionamiento natural de la atmósfera y del ciclo hidrológico. Varían en intensidad y frecuencia según la variabilidad climática que ocurre entre distintos años, características que se están agudizando como consecuencia del cambio climático antropogénico.

La probabilidad de que una comunidad, expuesta a una amenaza natural, sufra daños humanos y materiales depende de su vulnerabilidad, es decir, de la fragilidad de su infraestructura, de las actividades productivas, del sistema de alerta temprana, del desarrollo político institucional, de las condiciones de su entorno natural. La combinación de la amenaza natural con la vulnerabilidad produce el riesgo. Se estima que 27 millones de mexicanos viven en condiciones de riesgo.

La magnitud de los impactos de estos fenómenos naturales está vinculada con la pobreza, la desigualdad y la justicia social. Sobre los fenómenos naturales no es posible incidir, pero sí se pueden reducir sus impactos negativos con planeación y políticas sociales eficientes para disminuir la vulnerabilidad e incrementar la capacidad de recuperación de los sistemas de los que depende el bienestar de las poblaciones. En eso consiste la implementación de una estrategia de adaptación al cambio climático.

Los multimillonarios costos que han provocado estos desastres son el principal llamado de atención sobre la necesidad de prevenir. No hay política social que aguante este ritmo de desastres. Se avanza lentamente en la mejoría de los servicios de las poblaciones, en su infraestructura escolar y de salud, en la pavimentación y vivienda y, en unas pocas horas, estos progresos desaparecen. Luego, volver a empezar. Se ha dicho muchas veces que cada vez será peor, no sólo por el cambio climático, sino también por el crecimiento de la población y, sobre todo, por el crecimiento desordenado y en zonas de riesgo.

Es evidente que se necesita armonizar y coordinar las políticas de desarrollo social y económico con las ambientales. La atención de raíz del problema tiene que partir de un proceso de planeación y control de la ocupación y uso del territorio nacional, cuyos instrumentos se especifican en el marco legal. La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que los ordenamientos ecológicos (el general, los regionales y los locales) son la base de dicha planeación, ya que éstos definen los lineamientos y estrategias ecológicas (el general), determinan los criterios de regulación ecológica (los regionales) y regulan los usos de suelo (los locales) para la "preservación, protección, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, así como para la localización de actividades productivas y de los asentamientos humanos".

Los ordenamientos ecológicos deben ser la base de los ordenamientos territoriales de los asentamientos humanos que, a su vez, derivan en los planes o programas municipales de desarrollo urbano. Además, las normas técnicas especifican los límites permisibles del desarrollo de las actividades humanas en función de las condiciones ambientales, y las evaluaciones del impacto ambiental constituyen el procedimiento previo a la realización de una obra. Por último, están los permisos y licencias de construcción que deben ajustarse a lo anterior. También existe el Atlas Nacional de Riesgos y se deberían tener los estatales y municipales.

Pocos municipios cumplen con esta normatividad alineada y no se cuenta aún, por lo general, con estos instrumentos. Afortunadamente, la Ley General de Protección Civil tipifica ya como delito grave las autorizaciones de uso de suelo en sitios de riesgo.

Por otro lado, contamos con el Consejo Nacional de Protección Civil, el Sistema Nacional de Protección Civil, el Programa Nacional de Protección Civil, el Centro Nacional de Prevención de Desastres, el Sistema de Alerta Temprana contra Ciclones Tropicales, entre otros.

Los instrumentos están definidos en la ley pero falta, en muchos casos, elaborarlos e implementarlos. Las instituciones responsables están establecidas, pero no están articuladas y requieren coordinarse con los tres órdenes de gobierno y con la sociedad, dando seguimiento desde el más alto nivel. Sin duda, enmendar la condición de riesgo que prevalece en el país es costoso política y económicamente, pero lo será más conforme transcurra el tiempo; enfrentarlo es una responsabilidad ineludible.

Fuente: Hemeroteca